Solicitudes excepcionales 2024/2025
Las solicitudes de admisión para el curso 2024-2025 que se correspondan con los supuestos excepcionales contemplados en el artículo 20 del Decreto 32/2021, de 25 de noviembre por el que se modifica el Decreto 52/2018, de 27 de diciembre podrán presentarse a partir del 15 de julio de 2024 preferentemente en las direcciones provinciales de educación a lo largo del curso escolar.
Los supuestos excepcionales que marca el Artículo 20 del Decreto 32/2021, de 25 de noviembre son los siguientes:
a) Cambio de residencia derivado de actos de violencia de género que conlleven la necesidad de realizar una escolarización inmediata en otro centro.
b) Discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la familia.
c) Traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los progenitores o tutores legales.
d) Incorporación al sistema educativo, cuando la escolarización no pueda tramitarse en el proceso ordinario o de haberse tramitado en éste no se hubiera obtenido plaza.
e) Adopción o acogimiento familiar cuya fecha de formalización no permita la participación en el proceso ordinario de admisión.
f) Convivencia escolar desfavorable que implique la necesidad de tramitar un cambio de centro docente (solamente durante el curso escolar).
g) Cambios de centro docente realizados de oficio por la dirección provincial de educación en beneficio del alumnado.
El listado de adjudicación de estas solicitudes excepcionales se publicará el día 6 de septiembre.
PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO
Los alumnos que no cumplan los supuestos especificados para la escolarización excepcional sólo podrán participar en el procedimiento simplificado presentando la solicitud entre el 15 de julio y el 30 de agosto en el centro de primera opción junto con la fotocopia del libro de familia.
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